Inseminación artificial vs Fecundación In Vitro (Parte 1)

18 mayo 2009 – 8:53 – 16 Comentarios
1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas (3 votos)
Loading ... Loading ...

A menudo se suelen confundir las técnicas de reproducción asistida. Muchas parejas acuden con dudas a los especialistas sin saber qué método es el adecuado para su problema. En este primer artículo de la serie analizamos la inseminación artificial:

La inseminación artificial: Es el método por el cual el esperma del hombre es inyectado en la mujer cuándo el óvulo ha descendido y está preparado para la fecundación. Esta técnica cumple las funciones que tendría que tener la copulación.

Hay dos tipos de inseminación: por un lado, está la Inseminación Artificial con el semen del Cónyuge (IAC). Esta se utiliza cuando el esperma del hombre es apto para la gestación pero existe alguna otra deficiencia, en el hombre o en la mujer, que impide que se cumpla el proceso. Entre las dificultades más frecuentes están la impotencia masculina, eyaculación retrógrada (el semen se expulsa hacia dentro) y vaginismo (imposibilidad de mantener una relación sexual por la contracción de los músculos de la vagina) y la esterilidad cervical.

La Inseminación Artificial con semen de donante (IAD) es el procedimiento que recurre a una persona que no forma parte de la pareja para que fecunde a la mujer. Se suele aplicar cuando la aportación del hombre puede devenir en una enfermedad hereditaria para sus descendientes, en casos de incompatibilidad de RH, cuando una mujer desea tener hijos sin relaciones sexuales de por medio y entre las parejas homosexuales.

Selección de los donantes: Los donantes deben ser personas sanas física y mentalmente mayores de edad que no hayan superado los 50 años. Para considerar a un hombre apto se le realiza una investigación del cariotipo, grupo sanguíneo, Rh y análisis de hepatitis B y C. Cuando un mismo esperma ha ayudado a concebir seis hijos o alguno de ellos ha sufrido alguna patología se retira del banco de donantes.

Sabías que…

El nombre del donante debe ser anónimo y este no puede conocer a la mujer o mujeres que han quedado inseminadas con su esperma, tampoco puede conocer al compañero sentimental de estas si lo hubiera. Por último, está prohibido el contacto entre padre e hijo. La ley española recogió todas estas limitaciones en el BOE de noviembre de 1988.


Artículos Relacionados

    16 Comentarios »

    Escribe un Comentario!

    Escribe tu Comentario degajo, o un trackback desde tu propia web. Puedes suscribirte a estos Comentarios via RSS.

    Mantengamos este sitio limpio de spam.